Ryanair redunda en las ilegalidades.

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Ahora es el turno de las embarazadas. Si la última noticia que teníamos de la compañía low cost es que no permitía el embarque presentando como documento de identidad el libro de familia, en esta ocasión la polémica viene dada de la mano de la prohibición de embarcar a pasajeras embarazadas que no presenten un carta en inglés de su tocólogo, en la que figure la fecha en la que se prevé el alumbramiento y en la que se declare que el embarazo no presenta complicaciones. 
La compañía restringe sus vuelos “para embarazos individuales sin complicaciones más allá de la semana 36 y para embarazos de gemelos, trillizos, etc, más allá de la semana 32” según una cláusula recogida en las condiciones de viaje. Además, solicita una vez pasada la semana 28 “un informe (en inglés) de su médico o comadrona por el que se confirme que su embarazo no presenta complicaciones, la fecha probable del parto y que se encuentra en buen estado y en buenas condiciones para volar”.

La asociación de defensa a los consumidores FACUA ha señalado esta cláusula como abusiva al exigir que el documento tenga que ir escrito en una lengua no oficial del Estado y ha declarado que en los próximos días prevé presentar una denuncia contra Ryanair ante las autoridades competentes. 
Para las pasajeras que se encuentren en esta situación la asociación recuerda que podrán reclamar a la compañía una compensación económica de idéntica cuantía a la fijada por la normativa europea para cancelaciones o grandes retrasos. Además, la aerolínea debe hacerse cargo del alojamiento y la comida de la afectada mientras dure la espera hasta el siguiente vuelo, y del importe de los billetes que comprase a otra compañía para realizar el mismo trayecto.
Fuente: http://www.aviaciondigitalglobal.com
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