El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha emitido una sentencia en la que asegura que las aerolíneas deben prestar asistencia a los pasajeros cuyo vuelo haya sido cancelado por circunstancias extraordinarias, incluso el cierre del espacio aéreo por la erupción de un volcán, como ocurrió en 2010 en buena parte del espacio aéreo europeo por el volcán islandés.
Este fallo es fruto de una reclamación presentada por una ciudadana irlandesa contra Ryanair, que no le prestó asistencia alguna durante los siete días que tuvo que estar en la localidad portuguesa de Faro ante la imposibilidad de volar a Dublín por la nube de ceniza que originó el volcán, informa Efe.
El alto Tribunal establece que el transportista aéreo debe proporcionar gratuitamente, teniendo en cuenta el tiempo de espera, refrescos, comida y, llegado el caso, un alojamiento en un hotel, un transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento y medios de comunicación con terceros.
Fuente: http://www.preferente.com
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