Durante la investigación, Indecopi corroboró que Peruvian Airlines tiene como política que por cada cuatro pasajeros con discapacidad auditiva, necesariamente, debe viajar un acompañante, presumiendo que todo pasajero con dicha discapacidad requerirá de una atención especial.
En ese sentido, precisó que esta normativa interna no se ajusta a las disposiciones establecidas en la legislación nacional e internacional respecto de las obligaciones que deben asumir los operadores aéreos frente a los pasajeros con alguna discapacidad.
La sanción podría ser apelada ante la Sala Especializada de Protección al Consumidor del Tribunal del Indecopi para su revisión en segunda y última instancia administrativa.
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