Ordenan a Avianca reintegrar a tres pilotos despedidos.

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Por siete votos contra dos, la Corte Constitucional aceptó una tutela promovida por tres pilotos –Jaime de Jesús Garzón Osorio, Juan Diego Gallo Lozano y Elizabeth Escobar Ospina–, que fueron despedidos por Avianca después de las protestas del 2017.

Afirmando que a los pilotos se les vulneró el debido proceso, la Corte revocó los fallos del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que, en una primera instancia, habían negado las tutelas.

Así, dejó sin efectos las decisiones disciplinarias de Avianca con las que fueron desvinculados de sus trabajos y ordenó que –si así lo quieren los pilotos– sean reintegrados a la empresa en un término de 10 días en cargos iguales o en mejores condiciones de las que estaban antes.

Uno de los argumentos de la Corte es que en el proceso de despido, Avianca no les permitió a los pilotos “practicar y controvertir las pruebas con fundamento en las cuales se dio por acreditada su participación activa en el cese de actividades”.

Además, –dice el alto tribunal– para despedir a los pilotos, la aerolínea debía contar con la aprobación y acompañamiento del Ministerio del Trabajo.

En el caso de Jesús Garzón Osorio, la Corte encontró que Avianca, además, vulneró sus derechos a la asociación sindical porque le impuso de forma unilateral un permiso sindical permanente que lo dejó por fuera de los entrenamientos que necesita para mantener activa su automía de vuelo.

En todo caso, la Corte dice que después de vincularlos, Avianca puede volver a adelantar un nuevo caso disciplinario, pero respetando “el debido proceso” y con el acompañamiento del Mintrabajo.

Fuentes de la Corte aseguran que esta decisión podría abrir la puerta para que otros pilotos despedidos por Avianca, y que se encuentren en condiciones similares –que no se haya respetado su derecho a controvertir pruebas y que no se contara con el visto bueno del Ministerio del Trabajo–, pidan mediante tutelas su reintegro, alegando el derecho a la igualdad.

Sobre la huelga de los pilotos de Avianca la Corte Suprema de Justicia se había pronunciado en otra decisión cuando determinó que el paro del 2017 fue ilegal porque no contó con la mayoría de trabajadores de la aerolínea, y porque no tuvo en cuenta que el servicio de transporte aéreo no se puede frenar porque afecta los derechos de los ciudadanos, al tratarse de un servicio esencial. Esa tutela no fue seleccionada por la Corte Constitucional.

AVIANCA ACATARÁ FALLO

Ante la decisión de la Corte, Avianca aseguró que, una vez sea notificada, “acatará el reciente fallo” sobre los pilotos “despedidos con justa causa en el marco del cese ilegal de actividades”.

La aerolínea dijo que sus decisiones “se encuentran enmarcadas dentro de la legalidad y se derivaron en el cumplimiento a la declaratoria de ilegalidad de la Corte Suprema de Justicia y de los efectos que de la misma se desprenden”.

«Como siempre Avianca S.A. es y será respetuosa de las decisiones judiciales proferidas por las autoridades», concluyó en un comunicado.

DOS MAGISTRADOS SALVARON SU VOTO

En el fallo, dos magistrados se apartaron de la decisión mayoritaria: Cristina Pardo, quien consideró que lo que la Corte debía decir es que la huelga fue ilegal, y Alejandro Linares, para quien la tutela era improcedente.

Según Linares, el caso debía ser conocido por la jurisdicción ordinaria laboral. Además, dijo Linares, no hay ninguna norma que obligue a que el Ministerio de Trabajo tenga que participar “en el despido de quien tiene fuero sindical y hubiese participado activamente en una huelga declarada ilegal”.

Linares agregó que el despido con justa causa “es una potestad del empleador”.

Por Portafolio

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