desembolsillar 15.200 bolívares para hacer frente a la multa de 200
unidades tributarias que el Tribunal Supremo de Justicia le
impuso por volver a condenar a la aerolínea estadounidense American
Airlines a pagarle a un usuario (Carlos Brender) 54 mil bolívares por
concepto de «daño moral», debido a que en 2007 le canceló un vuelo sin
informarle previamente.
instancia revisara la sentencia que el funcionario dictó el 24 de mayo
de 2011 y detectara que en la misma «burló» la orden que un año antes le
había dado, en la cual le ordenó que no le aplicará a la empresa de
transporte las disposiciones del Código Civil relativas al daño moral,
pues el mismo «solamente es procedente cuando ha acontecido un acto
ilícito que haya generado un daño»; y agregó que «la falta de
cumplimiento de un contrato de transporte, en lo atinente al deber de
información de cancelación de un vuelo, no puede asemejarse a un acto
ilícito».
En el fallo que redactó el magistrado Arcadio Delgado Rosales no
solamente se multa al juez Pisos, sino que de paso ordenó a la
Inspectoría de Tribunales que lo procese disciplinariamente.
Tras aseverar que «uno de los presupuestos básicos del Estado social de
derecho y de justicia es el acatamiento de todos los particulares, así
como de las instituciones del Estado, al sistema judicial del cual este
Tribunal es la cúspide, y dicha sumisión se extiende al acatamiento de
lo decidido, pues el cumplimiento y ejecución de las sentencias, forma
parte tanto del derecho a la tutela judicial efectiva, como de los
principios de seguridad jurídica y estabilidad institucional, y su
quebrantamiento vulnera las bases mismas del Estado», la Sala ordenó
al Tribunal Superior Marítimo Nacional que vuelva a pronunciarse sobre
este asunto.
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